Cómo se aplica la retención a los IIBB régimen SIRCUPA
Aplicamos retenciones de IIBB en las transferencias de terceros e ingresos de dinero que recibas en Mercado Pago si te encontrás en el padrón del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). En operaciones entre cuentas de la misma titularidad, no aplicaremos esta retención.
Las jurisdicciones adheridas a SIRCUPA son:
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Catamarca
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Córdoba
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Corrientes
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Chaco
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Chubut
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Entre Ríos
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Formosa
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Jujuy
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La Rioja
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Mendoza
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Misiones
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Neuquén
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Río Negro
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Salta
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San Juan
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Santa Cruz
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Santiago del Estero
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Tierra del Fuego
La alícuota que te corresponde es la establecida por el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) y puede variar entre 0,01% y 5%.
Para esta retención no se genera certificado. Si necesitás realizar una conciliación, podés descargar tu reporte de operaciones desde Facturación > Información fiscal > Cálculos fiscales > Retenciones.
Glosario
- Certificado: comprobante legal que el contribuyente tiene como respaldo sobre el cobro de sus impuestos.
- Conciliar: proceso de cruzar los cobros de impuestos con los reportes dispuestos.
- Reporte: documento con el detalle de los impuestos aplicados con el que los usuarios concilian.