Cómo se aplica la retención a los IIBB régimen SIRCUPA

Aplicamos retenciones de IIBB en las transferencias de terceros e ingresos de dinero que recibas en Mercado Pago si te encontrás en el padrón del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). En operaciones entre cuentas de la misma titularidad, no aplicaremos esta retención.

Las jurisdicciones adheridas a SIRCUPA son:

  • Catamarca

  • Córdoba

  • Corrientes

  • Chaco

  • Chubut

  • Entre Ríos

  • Formosa

  • Jujuy

  • La Rioja

  • Mendoza

  • Misiones

  • Neuquén

  • Río Negro

  • Salta

  • San Juan

  • Santa Cruz

  • Santiago del Estero

  • Tierra del Fuego

La alícuota que te corresponde es la establecida por el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) y puede variar entre 0,01% y 5%.

Para esta retención no se genera certificado. Si necesitás realizar una conciliación, podés descargar tu reporte de operaciones desde Facturación > Información fiscal > Cálculos fiscales > Retenciones.


Glosario
- Certificado: comprobante legal que el contribuyente tiene como respaldo sobre el cobro de sus impuestos.
- Conciliar: proceso de cruzar los cobros de impuestos con los reportes dispuestos.
- Reporte: documento con el detalle de los impuestos aplicados con el que los usuarios concilian.

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